El decreto 29-2020, publicado el 12 de marzo de 2020 en el Diario Oficial La Gaceta número 35,18 se aprueba la Exención Pago Impuesto sobre Venta para los siguientes artículos...
Articulo No.1: Las personas naturales y jurídicas no están sujetas al pago del Impuesto Sobre Ventas e “Impuesto Producción y Consumo” en la compra local e importaciones de materias primas, insumos, material de empaque y envases necesarios para la fabricación de productos sanitizantes y medicamentos para atender la emergencia sanitaria y combatir los efectos del probable riesgo de infección por CORONAVIRUS.