El acuerdo 231-202, publicado el 01 de abril de 2020 en el Diario Oficial La Gaceta número 35,215 se aprueba el Procedimiento Administrativo para Facturación.
Articulo No.1: Autorizar de forma transitoria durante el resto del año 2020, la impresión de documentos fiscales a todos aquellos obligados tributarios que por razón de su comportamiento tributario según los establecido en el Reglamento del Régimen de Facturación, Otros Documentos Fiscales y Registro Fiscal de Imprentas, a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, tengan limitado o condicionados dichos documentos, por lo tanto, los obligados tributarios que se encuentren en esta situación, podrán solicitar los mismos a la Administración Tributaria, para tal efecto deberá ingresar a: oficinavirtual.sar.gob.hn
Articulo No.2: Los documentos fiscales autorizados por la Administración Tributaria cuya limite de función venza durante el periodo de tiempo en el que se encuentre decretado el Estado de Emergencia por razón de salud derivada del COVID-19, podrán utilizarse durante el periodo fiscal 2020. Dichos documentos, son validos para efectos legales correspondientes.
Articulo No.3: El presente Acuerdo entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.